Efectos capitales de los incendios en los ciudadanos
Efectos capitales de los incendios en los ciudadanos
Como cada año, con datos que lamentablemente se actualizan, los incendios de verano destruyen y desfiguran ecosistemas enteros y propiedades privadas.
Según datos de ISPRA, actualizados a los primeros días de agosto de 2023, en el año en curso ha aumentado la extensión de las áreas cubiertas por grandes incendios forestales en Italia, con más de 59.000 Ha, de las cuales más de 9400 Ha son de ecosistemas forestales.
Los ecosistemas forestales más implicados son en gran medida porciones de maquis mediterráneos y encinares (63%) y áreas cubiertas por bosques y repoblaciones de coníferas (20%). El 93% de las áreas quemadas se encuentran en Sicilia (75%) y Calabria (18%). La provincia de Palermo es la más afectada (más de 15 500 hectáreas, de las cuales un 20 % de bosques), seguida de la provincia de Reggio Calabria (8 500 hectáreas, un 18 % de bosques), la provincia de Messina (5 200 hectáreas, un 19 % de bosques) y la provincia de Siracusa (4200 hectáreas, 24% bosques).
También crece el número de áreas naturales protegidas con ecosistemas forestales afectadas por incendios: las más afectadas se encuentran en la provincia de Palermo (7), en la provincia de Siracusa (1), en la provincia de Messina (1) y en la provincia de L’Aquila, etc.
Este dato, que en sí mismo es dramático y sobre el que deben tomarse resoluciones urgentes y contundentes, obviamente debe estar conectado a una indescifrable pérdida de biodiversidad que merma no solo los ecosistemas naturales y las propiedades privadas sino también respecto de los habitantes de estos territorios.
Sin embargo, aunque la naturaleza y los animales (todos ellos) se suelen considerar un espectáculo, algo a observar como un “otro mundo” fuera de nuestra vida humana, es importante subrayar la interdependencia que existe entre todas las especies, incluida la que representamos, es decir. el humano
En efecto, se ha demostrado que “la pérdida de biodiversidad contribuye a la inseguridad alimentaria y energética, aumenta la vulnerabilidad a los desastres naturales, disminuye el nivel de salud de la sociedad, reduce la disponibilidad y calidad de los recursos hídricos y empobrece la cultura tradicional”. Cuanto más se respete la biodiversidad de un entorno -y por tanto, menos intervenciones manipuladoras-, mejor será la calidad de vida de esa comunidad particular que habita ese territorio.
Por ello, la erosión del patrimonio de la biodiversidad, a la que se suma la de las propiedades privadas individuales de quienes viven, a veces incluso con valentía, dentro de estos ecosistemas o que, en todo caso, interfieren en la salud global de los ciudadanos, no ya no puede ser abordado en términos simplistas y sin repercusiones de carácter jurídico y político.
Con la evolución de los incendios, año tras año, más allá de las causas, quizás demasiado claras pero sobre las que los fiscales competentes tendrán que hacer su correcto y debido trabajo, conviene que se tomen las acciones y contramedidas necesarias.
Entre otras cosas, en el panorama europeo, Italia es el país que tiene el mayor número de especies con diferencia: alberga alrededor de la mitad de las especies de plantas y alrededor de un tercio de todas las especies animales presentes actualmente en Europa.
Esto nos obliga como población a asumir una serie de responsabilidades y decisiones.
En primer lugar, ciertamente necesitamos castigos ejemplares contra los pirómanos (la palabra pirómanos está fuera de lugar).
Sanciones que contemplan una serie de medidas, como por ejemplo:
– la incautación o decomiso de bienes (dependiendo de cómo se lleve a cabo la organización del delito);
– encarcelamientos muy severos;
– recompensas conspicuas para quienes aporten información útil (y probatoria), también para romper el halo de silencio que suele rondar en determinados entornos.
Evidentemente no podemos quedarnos en leyes o reglamentos en la materia, necesitamos una intervención seria que implique, de una vez por todas, un plan de reurbanización y gestión de los bosques y espacios naturales; una participación útil de los agricultores, pero también de aquellos que simplemente son propietarios de la tierra.
Los incendios nos quitan la naturaleza, la biodiversidad, los bienes y sobre todo se los quitan a las generaciones futuras.
Se llevan biodiversidad útil para promover la agroecología y la ética social y ambiental que contiene; se llevan tierras y jóvenes, obligados a irse a otra parte. Este es un ataque a Sicilia, Cerdeña, Calabria y muchos otros territorios y su dignidad milenaria, más fuerte y más grande que la mafia y/o cualquier acto delictivo.
Obviamente, se debe desarrollar una serie de acciones que involucren a todos: agricultores, propietarios, ciudadanos, instituciones y, por supuesto, el gobierno.
Pero eso no es suficiente, necesitamos cambiar, como dicen, el paradigma del razonamiento.
En primer lugar, como ahora se la conoce, la biodiversidad es un patrimonio, no sólo en términos naturalistas abstractos sino en términos económicos concretos.
Según el reciente informe del PNUMA, llamado planeta muerto, planeta vivo, publicado en 2010, la biodiversidad y los ecosistemas brindan servicios a los seres humanos por un valor estimado de 72 billones de dólares cada año. Según el Banco Mundial, el PIB mundial en el mismo año no superó los 64,7 billones. En resumen, la naturaleza vence al hombre.
Si traducimos todo esto a los valores económicos relativos de las regiones más afectadas de Italia, entendemos lo que los incendios están causando en el bolsillo de cada ciudadano, más allá de las pérdidas de propiedades privadas dañadas.
En este sentido, por tanto, conviene entender que, frente al daño económico y la disminución del nivel de salud de la sociedad, la disponibilidad y calidad de los recursos hídricos y las tradiciones culturales que provoca la pérdida de la biodiversidad, los ciudadanos no sólo tienen el deber de coordinar acciones y disposiciones de carácter político y jurídico pero también el derecho a promover procedimientos para su protección.
Una de ellas es la denominada Class Action (acción colectiva).
Esta acción colectiva es un instrumento jurídico procesal para la protección de los delitos multiofensivos en el ámbito ambiental, incluidas las inmisiones intolerables, introducido con la ley de 12 de abril de 2019, n. 31, que permitirá que una pluralidad o incluso una multitud de sujetos titulares de derechos homogéneos -es decir, que hayan sufrido el mismo tipo de daño por actos o conductas de un mismo sujeto- puedan hacer valer el derecho a la reparación del daño en un solo proceso.
Hoy la Acción de Clase, actualizada con los últimos perfiles legales, es aplicable a cualquier tipo de daño derivado de un delito, en el ámbito de la responsabilidad contractual, precontractual y extracontractual. Esta última categoría incluye ciertamente los daños a la salud oa sus bienes que sufren los individuos como consecuencia del compromiso del medio ambiente y, entre éstos, también los de inmisiones.
Sin adentrarnos demasiado en el perfil jurídico de la cuestión, que dejamos para el análisis en profundidad del fondo, el daño ambiental de carácter público constituye una categoría especial de daño, regida por reglas especiales, en el sentido de que son diferentes de las generales de nuestro ordenamiento jurídico; en primer lugar porque para la legislación pública el primer paso es restaurar el sitio dañado mediante la recuperación, mientras que para la legislación general la compensación puede tener lugar alternativamente en una forma específica o por un equivalente monetario.
En definitiva, con la nueva Class Action, nuestro ordenamiento jurídico ha puesto a disposición de los ciudadanos una herramienta con la que pueden reaccionar y proteger sus derechos frente a conductas ilícitas y multiofensivas; un instrumento de alcance general, es decir, ya no vinculado como el actual al ámbito del consumo (tanto es así que se ha derogado el artículo 40-bis del código de consumo), sino con un ámbito de aplicación que incluye todos los delitos tanto en el ámbito de responsabilidad contractual y extracontractual cometidos por determinados sujetos, es decir, empresas y gestores de servicios públicos o de utilidad pública.
La nueva demanda colectiva ya no está destinada únicamente a la protección de los derechos de los consumidores, sino que también podrán hacer uso de ella las asociaciones, ciudadanos, profesionales y empresas que hayan sufrido un agravio masivo.
Es evidente que nos encontramos ante una importante evolución del derecho público y privado, introducido hace años con el reconocimiento del delito ambiental, y en concreto, entre otros, el relativo a los incendios forestales (423 bis del Código Penal) pero los ciudadanos deben convertirse en un solo tema
Un sujeto que ya no puede sufrir pasivamente acciones, desfalcos, actos organizados y delictivos, así como la falta de planificación, programación y protección de los bienes ecológicos y ambientales.
Necesitamos salir de una conciencia social que ya no es adecuada para resolver estos complejos problemas.
Ya no existe sólo el derecho privado sino también el deber de acción y decisión; sólo así se pueden derrotar los desfalcos y promover una nueva visión y responsabilidad política.
Guido Bissanti